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[04/02/2009]
El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia Nacional que impone dos sanciones a Gas Natural, por un importe que suma 360.000 euros, por vulnerar la protección de los datos personales.
Los hechos se remontan a cuando Gas Natural envió a sus clientes una carta personalizada para obtener su consentimiento para la cesión de sus datos personales a otras empresas del grupo. Según explica el fallo del tribunal Supremo, en dicha carta no se establecía ningún plazo para contestar.
Las dos sanciones impuestas por la Audiencia Nacional en 2004, de 300.000 y 60.000 euros, se refieren a sendas infracciones de la legislación de protección de datos personales, una de carácter muy grave y otra grave.
Gas Natural recurrió el dictamen de la Audiencia Nacional, pero la decisión que ahora ha adoptado el Supremo desestima este recurso por considerar que las sanciones están fundadas. El Alto tribunal ratifica ahora que la compañía de gas cedió a otra empresa del grupo los datos de los clientes que no contestaron a la citada carta.
UN CASO AISLADO
Por su parte, una fuente de la compañía gasista explicó hoy a la agencia Servimedia que la multa ya fue pagada en su momento y que la sentencia del Supremo simplemente significa que el recurso presentado no ha prosperado.
Además, incidió en que la sanción se deriva precisamente de la intención de la empresa de cumplir con la normativa en materia de protección de datos.
Según la mencionada fuente, "hubo una única denuncia, de alguien que no recibió la carta". Para demostrar que había sido enviada, se presentó ante las autoridades de Protección de Datos el comprobante de la empresa de mensajería encargada de su entrega.
Pero ese fue precisamente el desencadenante de la sanción, ya que la Agencia de Protección de Datos estimó incorrecta esta forma de envío y alegó que tendría que haberse utilizado el burofax o la carta certificada. Actualmente sí es admitido el servicio de mensajería para este tipo de notificaciones, según el portavoz de la compañía.
Fuente: www.expansion.com